En España tradicionalmente hemos tenido un sistema dual de registro de buques. El buque debe estar inscrito, de un lado, en el Registro Mercantil de Buques, y de otro, en el Registro. En 1999 se creó un tercer registro llamado Registro de Bienes Muebles. Entre las 6 secciones que lo integran se encuentra la Sección de Buques y Aeronaves (Sección Primera) Administrativo.