Reglamento (UE) 2024/1689 sobre el desarrollo, comercialización y uso de sistemas de inteligencia artificial (IA).

Objeto:
El Reglamento (UE) 2024/1689 representa un paso decisivo hacia una regulación integral de la inteligencia artificial en Europa, buscando equilibrar la innovación tecnológica con la protección de los derechos fundamentales y la seguridad de los ciudadanos. Esta normativa introduce un enfoque centrado en el riesgo, clasificando los sistemas de IA en diferentes categorías según su potencial impacto:

Objeto:

El Reglamento (UE) 2024/1689 representa un paso decisivo hacia una regulación integral de la inteligencia artificial en Europa, buscando equilibrar la innovación tecnológica con la protección de los derechos fundamentales y la seguridad de los ciudadanos. Esta normativa introduce un enfoque centrado en el riesgo, clasificando los sistemas de IA en diferentes categorías según su potencial impacto:

a)Riesgo inaceptable: Se prohíben sistemas de IA que representen una amenaza significativa para la seguridad, los medios de vida y los derechos de las personas.
b)Riesgo elevado: Estos sistemas están sujetos a estrictos requisitos de conformidad, incluyendo evaluaciones rigurosas antes de su implementación.
c)Riesgo limitado: Se aplican obligaciones específicas de transparencia, como informar a los usuarios sobre la interacción con sistemas de IA.
d)Riesgo mínimo: No se imponen obligaciones adicionales, pero se fomenta la adopción de códigos de conducta voluntarios.

Obligación para las empresas españolas:

Para las empresas, el citado Reglamento implica la necesidad de adaptar sus sistemas de compliance, asegurando que los sistemas de IA utilizados o desarrollados cumplan con las nuevas exigencias legales. Ello incluye la realización de evaluaciones de impacto, la implementación de medidas de gestión de riesgos y la garantía de transparencia en las operaciones de IA. Además, se han establecido sanciones significativas para el incumplimiento de estas disposiciones, que pueden alcanzar hasta 35 millones de euros o el 7% de la facturación anual de la empresa, lo que destaca la importancia de una adecuada adaptación a la normativa.

Esta publicación no constituye asesoramiento legal.

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