La nueva Directiva europea sobre diligencia debida: las empresas ya no podrán mirar hacia otro lado

Objeto:
El pasado 24 de abril de 2024, el Parlamento Europeo aprobó la Directiva sobre diligencia debida en sostenibilidad corporativa (Corporate Sustainability Due Diligence Directive). Esta norma marca un antes y un después en la manera en que las empresas deben gestionar los riesgos relacionados con los derechos humanos, el medio ambiente y el cambio climático.

¿Qué exige esta Directiva?
Que las grandes empresas identifiquen, eviten, corrijan y rindan cuentas por los impactos negativos que puedan causar, o contribuir a causar, en su actividad o en la de sus socios comerciales, dentro y fuera de Europa. Esto incluye situaciones como trabajo infantil, contaminación ambiental, deforestación, o violaciones de derechos laborales en la cadena de suministro. Las empresas deberán demostrar que han hecho todo lo posible para prevenir estos riesgos.

¿A quién afecta?
A partir de 2027, estarán obligadas a cumplir esta Directiva las empresas europeas con: a) más de 1.000 empleados y un volumen de negocio neto mundial superior a 450 millones de euros, b) empresas de fuera de la UE si facturan más de 450 millones de euros dentro de la Unión Europea, aunque no tengan sede en Europa y c) empresas más pequeñas si forman parte de la cadena de suministro de grandes grupos que deben cumplir la norma.

¿Qué implica en la práctica?
Estas empresas deberán: a) integrar la diligencia debida en sus políticas internas, b) evaluar y gestionar los riesgos ambientales y sociales, c) supervisar las actividades de sus proveedores y socios comerciales, d) corregir o poner fin a prácticas dañinas, e) establecer canales de denuncia accesibles y seguros, f) aprobar un plan de transición climática alineado con el Acuerdo de París y g) además, podrán ser demandadas por daños si no cumplen con estas obligaciones y causan perjuicios a personas o al medio ambiente.

¿Qué deben hacer las empresas españolas?
Aunque la Directiva debe ser transpuesta a la legislación española antes del 26 de julio del 2026, las empresas deben empezar ya a prepararse si: a) forman parte de grandes grupos internacionales, b) están creciendo y se acercan a los umbrales, c) trabajan como proveedores de empresas que estarán obligadas y d) implementar controles sobre la cadena de suministro, revisar cláusulas contractuales y reforzar los mecanismos de compliance.

En resumen, esta norma sitúa la sostenibilidad en el centro del compliance empresarial. Las empresas que quieran operar en Europa deberán demostrar que no solo generan beneficios, sino que también respetan los derechos humanos y protegen el planeta.


Directiva (UE) 2024/1760 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de junio de 2024 sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y por la que se modifican la Directiva (UE) 2019/1937 y el Reglamento (UE) 2023/1115

Esta publicación no constituye asesoramiento legal.

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