La renovación de los tratados de inversión y su impacto en el arbitraje.

A finales del 2020 la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) ha publicado el informe titulado “International Investment Agreements Reform Accelerator” (IIAs Reform Accelerator). Dicho informe es el resultado de un estudio realizado por un grupo de expertos de reconocido prestigio con la finalidad de acelerar la renovación de los tratados de inversión. A título de ejemplo, España tiene firmados 87 tratados de inversión, la mayoría de los cuales son de finales del siglo XX.

Los tratados de inversión promueven y protegen la inversión privada extranjera entre los Estados parte. Promulgan una serie de estándares de protección, imponiendo obligaciones a cargo de los Estados receptores de la inversión extranjera, y otorgando derechos a favor de los titulares de ésta. En este contexto, los autores del citado informe destacan que en los últimos años los tribunales arbitrales vienen interpretando dichos tratados de forma considerablemente expansiva. Ello tiene un efecto perjudicial sobre los Estados, ya que reduce su maniobrabilidad para responder a necesidades y retos en materia de salud pública, estabilidad económica y protección del medioambiente. Para tratar de recuperar espacios de soberanía en la regulación de estas materias, dicho informe propone reformular los estándares de protección y adoptar gradualmente “tratados de nueva generación”.

En su afán renovador, el “IIAs Reform Accelerator” identifica y analiza ocho áreas de interés: 1. Definición del término “inversión”; 2. Definición del término “inversor”; 3. Trato nacional; 4. Trato de la nación más favorecida; 5. Trato justo y equitativo; 6. Protección y seguridad plena; 7. Expropiación indirecta; y 8. Políticas de interés público. Para estas áreas propone nuevas soluciones que reestablezcan la confianza y el equilibrio en el sistema.

En la misma dirección, se aprecian dos actuaciones que también se están llevando a cabo en el área del derecho económico internacional. La primera es la firma de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Transparencia en los Arbitrajes entre Inversores y Estados en el Marco de un Tratado (Convención de Mauricio). Esta Convención incorpora las Reglas de Transparencia adoptadas por UNCITRAL, estableciendo la obligatoriedad de las mismas en todos aquellos tratados de inversión firmados con anterioridad al 1 de Abril del 2014.

La segunda es el Grupo de Trabajo III de UNCITRAL sobre Reforma de Resolución de Disputas entre Estados e Inversores (“UNCITRAL Working Group III on ISDS Reform”). Este Grupo de Trabajo está liderado por gobiernos y aglutina observadores de todo el mundo, incluyendo organizaciones internacionales, ONGs, académicos, miembros de la sociedad civil, “think tanks” y juristas. Dicho Grupo ha planteado soluciones innovadoras tales como la creación de una corte de apelación que resuelva la apelación de laudos arbitrales, o la creación de una corte permanente multilateral compuesta de dos instancias judiciales.

Además, aunque de forma menos ambiciosa, ha propuesto reformas para reducir los costes y la duración de los arbitrajes, minimizar la emisión de laudos contradictorios o inconsistentes y facilitar la diversidad e independencia de los árbitros.

Albert Badia
Socio director

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