Los nuevos Incoterms 2020

Recientemente, la Cámara de Comercio Internacional (“CCI”) ha publicado los Incoterms 2020. ¿Cómo se aplican? ¿Cuáles son las principales novedades? ¿Y qué ocurre ahora con la versión del 2010?

¿Cómo se aplican?

Al igual que sus predecesores, los Incoterms 2020 se presentan como un conjunto de reglas que regulan inter partes los siguientes elementos de una compraventa: el transporte, el seguro, el despacho, la posesión, y el riesgo de daño o pérdida de la mercancía.

Quedan fuera de su ámbito de aplicación elementos tan trascendentes como son la transmisión de la propiedad o el pago del precio, y otros menos relevantes como, por ejemplo, la verificación del peso bruto del contenedor según el Convenio SOLAS.

Para su uso, la CCI recomienda la siguiente fórmula: «(regla del Incoterm pactado) (nombre del puerto, lugar o punto) Incoterms® 2020». Por ejemplo, “CIF Shanghai Incoterms® 2020”. Como se puede observar, para evitar confusiones con la versión anterior, la CCI recomienda indicar el año 2020.

¿Cuáles son las principales novedades?

Las novedades más significativas de los Incoterms 2020 son las siguientes:

  • La regla DAT (Delivered at Terminal) desaparece y, en su lugar, se introduce la regla DPU (Delivered at Place Unloaded). La regla DPU exige al vendedor descargar la mercancía en el lugar designado. El vendedor se obliga así a transportar, asegurar y descargar las mercancías en el lugar pactado para la entrega, que es donde transmitirá el riesgo de daño y pérdida. La regla DPU es muy similar a la regla DAP (Delivered at Place), pero esta última no exige al vendedor descargar la mercancía. La regla DPU es aplicable a cualquier modalidad de transporte.
  • En las reglas CIF (Cost Insurance Freight) y CIP (Carriage and Insurance Paid to) el vendedor sigue obligado a asegurar la mercancía hasta el 110% de su valor comercial. Para ello, los Incoterms 2010 exigían que el seguro fuera contratado en la modalidad (C) de las Institute Cargo Clauses. Ahora, los Incoterms 2020 exigen que en la regla CIP el seguro se contrate en la modalidad (A), que es una cobertura de máximos “all risks”. A diferencia de la regla CIF, que es aplicable únicamente al transporte marítimo, la regla CIP lo es a cualquier modalidad de transporte, y suele utilizarse en compraventas de bienes de alto valor económico.
  • La regla FCA (Free Carrier) se mantiene, pero con la posibilidad de que, como prueba de entrega, el vendedor entregue al comprador un conocimiento de embarque con la anotación “on board”. Con ello se facilita que el vendedor que entrega la mercancía a un porteador terrestre pueda presentar al cobro el conocimiento de embarque que, en una segunda fase, emitirá el porteador marítimo.
  • En las reglas FCA (Free Carrier), DAP (Delivered At Place), DPU (Delivered at Place Unloaded) y DDP (Delivered Duty Paid) los Incoterms 2020 eximen a las partes de la obligación de contratar o formalizar un contrato de transporte, pudiendo éstas realizar el transporte con sus propios medios y sin necesidad de contratar a terceros. Por el contrario, en las reglas CPT (Carriage Paid To), CIP (Carriage and Insurance Paid to), CFR (Cost and Freight) y CIF (Cost Insurance Freight) se mantiene la exigencia de que el vendedor contrate el transporte y haga entrega al comprador del correspondiente contrato de transporte.

¿Qué ocurre ahora con la versión del 2010?

Quien lo desee, puede seguir empleando la versión antigua (Incoterms 2010) ya que estamos ante reglas cuya adopción es a voluntad de las partes. En tal caso, se recomienda especificar claramente el nombre de la regla y el año de la versión pactada. Por ejemplo, “DAT Barcelona Incoterms 2010”.

Por último, las compraventas que adopten Incoterms y sean anteriores a la publicación de la versión del 2020 seguirán sometidas a los Incoterms 2010.

Albert Badía
AACNI (UK) Limited
Solicitor (England & Wales)

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